Plan Estratégico OOAPAS.
Misión:
Garantizar la disponibilidad y calidad del agua en el municipio, fomentando en la sociedad el uso racional y eficiente de la misma y su reutilización en los sectores industrial y público urbano. Acciones que permitirán contribuir al bienestar y calidad de vida de los Rinconenses.
Visión:
Ser el Organismo Operador de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento del Municipio líder en servicios en materia del agua y medio ambiente.
Objetivo Específico:
Valores:
I.- Interés Público: Que consiste en que los Servidores Públicos actúen buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
II.- Respeto: Que consiste en que los Servidores Públicos se conduzcan con austeridad y sin ostentación, y otorguen un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros y compañeras de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propicien el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.
III.- Respeto a los derechos humanos: Que consiste en que los Servidores Públicos respeten los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garanticen, promuevan y protejan de conformidad con los Principios de:
a) Universalidad, que establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo;
b) Interdependencia, que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí;
c) Indivisibilidad, que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables; y
d) Progresividad, que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y en ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.
IV.- Igualdad y no discriminación: Que consiste en que los Servidores Públicos presten sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.
V.- Equidad de género: Que consiste en que los Servidores Públicos, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garanticen que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.
VI.- Entorno Cultural y Ecológico: Que consiste en que los Servidores Públicos, en el desarrollo de sus actividades, eviten la afectación del patrimonio cultural y ecológico; debiendo de asumir una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promuevan en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras.
VII.- Cooperación: Que consiste en que los Servidores Públicos colaboren entre sí y propicien el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones.
VIII.- Liderazgo: Que consiste en que los Servidores Públicos, sean guía, ejemplo y promotoras de este Código y de las Reglas de Integridad que contiene; fomenten y apliquen en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, y las que las leyes les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.
IX.- Inclusión: Que consiste en que los Servidores Públicos, traten a todas las personas con igualdad y equidad, sin importar su origen étnico, credo, sexo, edad, manera de vestir, la estructura de su familia, su forma de hablar u otras características culturales o sociales.
X.- Honestidad: Que consiste en que los Servidores Públicos, se conduzcan evitando actos de corrupción, en el ejercicio de empleo, cargo o comisión.
XI.- Responsabilidad: Que consiste en que los Servidores Públicos, asuman su compromiso con las políticas, programas, proyectos y acciones, que impulse al Ente Público.
XII.- Justicia: Que consiste en que los Servidores Públicos, deberán de aplicar los recursos públicos de manera equitativa y racional.
XIII.- Subsidiariedad: Que consiste en que los Servidores Públicos, participen con las comunidades locales para la gestión de mejores formas de desarrollo.
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